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RETRASOS Y CANCELACIONES DE VUELOS. CONOCE TUS DERECHOS

on Martes, 19 Julio 2016.

Posted in Otros servicios juridicos

Estás en el aeropuerto y ves en los paneles luminosos que tu vuelo se va a retrasar o se ha cancelado, ¿qué puedes hacer? ¿Cuáles son tus derechos?

En las  épocas de mayor afluencia de usuarios, verano, Navidad, Semana Santa es bastante habitual que los viajeros se encuentren con este tipo de situaciones, que en el mejor de los casos solo fastidian y en el peor pueden arruinar completamente las vacaciones.

Te aconsejamos tengas presentes estos puntos:

  • Guarda todo la documentación que pueda acreditar la cancelación o el retraso de tu vuelo y los gastos en los que has incurrido en el tiempo que transcurre hasta que se soluciona la situación. Estamos hablando del billete de avión, la tarjeta de embarque, la factura de la agencia de viajes, los folletos publicitarios del viaje y todos los tickets de comida, bebida, llamadas de teléfono, estancia en un hotel, etc., de los que nos veamos obligados a consumir en el tiempo de espera.
  • Saber que cuando el motivo de los retrasos o las cancelaciones son fenómenos naturales como la erupción de un volcán, vientos muy fuertes que impidan volar con seguridad o cualquier otro tipo de condición meteorológica extrema, las compañías aéreas no están obligadas a compensar al viajero.
  • Si llegas al mostrador de tu compañía aérea y te informan de que en tu vuelo hay overbooking, es decir, que la compañía ha vendido más billetes que plazas tiene el avión, a menos que te hayan avisado con 2 semanas de antelación, la compañía está obligada a indemnizarte, abonándote todos los gastos generados y compensándote con  hasta 600 €.
  • Si la cuestión es que tu vuelo se ha retrasado más de 3 horas, tiene derecho a ser indemnizado en mayor o menor cantidad, dependiendo del destino de tu vuelo, para vuelos de entre 0 y 1.500 km. de distancia, la indemnización es de 250€, para vuelos entre 1.500 y 3.000 km es de 400€ y para vuelos de más de 3.000 km es de 600€, además de abonarte los gastos de alojamiento y manutención, en caso de ser necesarios y ofrecerte un transporte alternativo.
  • En el caso en el que se haya producido una cancelación de tu vuelo tienes los mismos derechos que para el retraso, a menos que te hayan avisado con más de 14 días de antelación y hayas recibido el aviso.

Suele ocurrir que el proceso de tramitar la reclamación es complicado y tedioso. De hecho un alto porcentaje no se tramitan por el desconocimiento de los trámites y el tiempo que hay que dedicar a realizarlo. En RúaCals Abogados te ayudamos tramitar tus reclamaciones ante las compañías aéreas, para que puedas reclamar tanto los gastos y las indemnizaciones que te correspondan, como una compensación por daños morales cuando el retraso o la cancelación te hayan ocasionado una pérdida irreparable, por no haber podido asistir a un compromiso tanto personal como profesional.

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Acerca de la autora

MARÍA ENCARNACIÓN ORTEGA ESCUDERO

MARÍA ENCARNACIÓN ORTEGA ESCUDERO

Licenciada en derecho por la UOC en la especialidad de derechos humanos tanto en el ámbito nacional como el internacional.Colabora con fundaciones y organizaciones sin ánimo de lucro organizando cursos y encuentros profesionales y escribe en varios blogs, donde intenta acercar el derecho a las personas.

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